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Normativa relacionada

La autorización de la oferta pública de emisiones temáticas requiere cumplir con el proceso de autorización previa de esta Superintendencia, de conformidad con la normativa vigente.

Se requiere además la presentación de una revisión externa elaborada por un tercero experto e independiente del emisor que acredite el cumplimiento de estándares nacionales o internacionales para las emisiones de deuda o fondos de inversión que califiquen como verdes, sociales o sostenibles. Pueden ser revisores extrenos las entidades  registradas en el Climate Bonds Iniciative (CBI) o las permitidas en las​ bolsas de valores​ autorizadas por la Superintendencia General de Valores. Esta revisión se encuentra  a disposición de los inversionistas en el sitio web de los emisores y de la SUGEVAL.​​​​​

Además se incluye como anexo al prospecto. Esta opinión se debe actualizar anualmente durante el plazo de la emisión.​

Los reglamentos que contemplan este nuevo requisito son:

Se modificó el Reglamento sobre calificación de valores y sociedades calificadoras de riesgo​ para permitir a las sociedades calificadoras brindar el servicio de revisores externos.​​​